viernes, 27 de marzo de 2015

Decreto de Obama contra funcionarios venezolanos


Lea el decreto traducido al español, usted opina...¿Firma o no firma?


  Durante los últimos días ha habido un intenso debate sobre el decreto emitido por el Presidente Obama. A continuación, les presentamos el texto completo traducido al español, para que usted pueda sacar sus propias conclusiones.

  
A continuación el documento:


Orden Ejecutiva
Bloqueo de propiedad y suspensión de entrada de ciertas personas que contribuyen a la situación en Venezuela
Por la autoridad investido en mí como Presidente por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluyendo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia (50 U.S.C. 1701 et seq. ) (IEEPA), la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C. 1601 et seq.) (NEA), la Ley de Defensa de Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014 (Ley Pública 113-278) (la “Ley de Defensa de Derechos Humanos de Venezuela”), la sección 212 (f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 (8 U.S.C. 1182(f)) (INA), y la sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos,
Yo, Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América, encuentro que la situación en Venezuela, incluyendo la erosión de garantías de Derechos Humanos por parte del gobierno de Venezuela, la persecución de oponentes políticos, la reducción de libertades de prensa, el uso de violencia y la violación de derechos humanos y abusos en respuesta a protestas antigubernamentales, los arrestos arbitrarios y detención de protestantes antigubernamentales, constituye una inusual y extraordinaria amenaza a la seguridad nacional y política internacional de los Estados Unidos de América, y por ende declaro una emergencia nacional para tratar con esta amenaza. Por este medio, ordeno:
Sección 1. (a) Todas las propiedades e intereses en propiedades que están en los Estados Unidos, que de aquí en adelante vengan a los Estados Unidos, o que de aquí en adelante pasen a posesión o control de cualquier persona en los Estados Unidos de las siguientes personas están bloqueadas y no podrán ser transferida, pagadas, exportadas, extraídas, o de otra forma usadas para tratos:
(I) Las personas listadas en el anexo de esta orden; y
(II) Cualquier persona determinada por el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado:
(A) que sea responsable de cometer o ser cómplice en, o responsable por ordenar, controlar, o dirigir, o haber participado en, directa o indirectamente, en alguna de las siguientes en relación con Venezuela:
  • (1) acciones o políticas que socaven procesos democráticos o instituciones;
  • (2) que lleve a cabo actos significativos de violencia o conducta que constituya un serio abuso de violación de derechos humanos, incluyendo en contra de personas que estén involucradas en protestas antigubernamentales en Venezuela desde o hasta febrero de 2014.
  • (3) Que lleve a cabo Acciones que prohíban, limiten, o penalicen el ejercicio de libertad de expresión, reunión pacífica; o
  • (4) Que lleve a cabo actos de corrupción pública por parte de altos funcionarios dentro del gobierno de Venezuela;
(B) Que sea un actual o antiguo líder de una entidad que haya, o que cuyos miembros hayan, participado en alguna actividad descrita en la subsección (a) (II) (A) de esta sección o de alguna entidad cuyas propiedades e intereses en propiedades estén bloqueados de conformidad con esta orden;
(C) Que sean actualmente o hayan sido un funcionario del gobierno de Venezuela;
(D) Que haya materialmente asistido, patrocinado, o provisto apoyo financiero, material, o tecnológico, o prestado bienes o servicios para o en apoyo a:
(1) una persona cuya propiedad e intereses en propiedad estén bloqueados de conformidad con esta orden; o
(2) una actividad descrita en la subsección (a) (II) (A) de esta sección; o
(E) Que sean propiedad o controladas por, o que hayan actuado o hayan sido pretendidas para actuar para o en nombre de, directamente o indirectamente, a cualquier persona cuyas propiedades o intereses en propiedades sean bloqueadas de conformidad con esta orden.
(b) Las prohibiciones en la subsección (a) de esta sección aplican excepto a aquellas excepciones provistas por los estatutos, o en regulaciones, órdenes, directivas, o licencias que puedan ser expedidas de conformidad con esta orden, y a pesar de contratos iniciados dentro de alguna licencia o permiso otorgado previo a la fecha efectiva de esta orden.
Sección 2. Por este medio encuentro que las entradas no registradas y no inmigrantes que se realicen a los Estados Unidos de extranjeros que determinadamente cumplan uno o más de los criterios expuestos en la subsección 1(a) de esta orden serán perjudiciales a los intereses de los Estados Unidos, y poe este medio suspendo la entra a los Estados Unidos de inmigrantes y no inmigrantes, de dichas personas, excepto aquellas en las que el Secretario de Estado determine que la entrada de la persona es del interés nacional de los Estados Unidos. Esta sección no aplicará a un extranjero si admitir que dicho extranjero esté en los Estados Unidos es necesario para permitir que los Estados Unidos cumpla el Acuerdo Sobre el Cuartel General de las Naciones Unidas, firmado en Lago Success el 26 de junio de 1947 y entrado en vigor desde el 21 de noviembre de 2947, u otras obligaciones internacionales aplicables.
Sección 3. Yo por este medio determino que hacer donaciones de tipo especificado en los artículos en la sección 203 (b) (2) de IEEPA (50 U.S.C. 1702(b)(2)) por, para, o por el beneficio de alguna persona cuya propiedad o intereses en propiedades estén bloqueadas de conformidad con la sección 1 de esta orden perjudicaría seriamente mi habilidad para tratar con la emergencia nacional declarada en esta orden, y yo por este medio prohíbo dichas donaciones según lo provisto en la sección 1 de esta orden.
Sección 4. Las prohibiciones en la sección 1 de esta orden incluyen, pero no se limitan a:
(a) la realización de contribuciones o prestación de fondos, bienes, o servicios por, para, o el beneficio de una persona cuya propiedad, o intereses en propiedades estén bloqueados de conformidad a esta orden; y
(b) el recipiente de cualquier contribución o prestación de fondos, bienes, o servicios para cualquier persona.
Sección 5. (a) Cualquier transacción que evada o evita, tenga el propósito de evadir o evitar, causa una violación de, o intente violar cualquiera de las prohibiciones impuestas de ahora en adelante en esta orden están prohibidas.
(b) Cualquier conspiración formada para violar cualquiera de las prohibiciones impuestas de ahora en adelante en esta orden están prohibidas.
Sección 6. Para el propósito de esta orden:
(a) el término “persona” significa un individuo o entidad;
(b) el término “entidad” significa sociedad, asociación, fideicomiso, corporación, grupo, subgrupo, u otra organización;
(c) el término “Persona de Estados Unidos” significa cualquier ciudadano de los Estados Unidos, extranjero con residencia permanente, entidad organizada bajo las leyes de los Estados Unidos o cualquier jurisdicción dentro de los Estados Unidos (incluyendo ramas extranjeras), o cualquier persona dentro de los Estados Unidos;
(d) el término “Gobierno de Venezuela” significa el gobierno de Venezuela, cualquier subdivisión política, agencia, o mediación del mismo, incluyendo el Banco Central de Venezuela, y cualquier persona propiedad o controlada por, o actuando en nombre de, el gobierno de Venezuela.
Sección 7. Para aquellas personas cuyas propiedades o intereses en propiedades estén bloqueados de conformidad con esta orden que puedan tener una presencia constitucional en los Estados Unidos, encuentro que por la habilidad de transferir fondos y otros bienes instantáneamente, previo a la notificación de dichas personas de medidas a ser tomadas de conformidad con esta orden, dejará dichas medidas sin efecto. Yo por este medio determino que para que dichas medidas sean efectivas en el tratamiento de la emergencia nacional declarada en esta orden, no se necesita aviso previo o determinación hecho de conformidad a la sección 1 de esta orden.
Sección 8. El Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, está por este medio autorizado a tomar dichas acciones, incluyendo la promulgación de reglas y regulaciones, y puede emplear todos los poderes otorgados al presidente por la IEEPA y la sección 5 de la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela, aparte de las autoridades contenidas en las secciones 5(b) (1) (B) y 5 (c) de esa Ley, como pueda ser necesario para llevar a cabo el propósito de esta orden, con la excepción de la sección 2 de esta orden, y las provisiones relevantes a la sección 5 de esa Ley. El Secretario del tesoro puede re delegar cualquiera de estas funciones a otros funcionarios y agencias del gobierno de los Estados Unidos consistente con la ley aplicable. Todas las agencias del gobierno de los Estados Unidos están por este medio dirigidos a tomar todas las medidas apropiadas dentro de su autoridad para llevar a cabo las provisiones de esta orden.
Sección 9. El Secretario de Estado está por medio de la presente autorizado a tomar dichas acciones, incluyendo la promulgación de reglas y regulaciones, y a emplear todos los poderes otorgados al presidente por la IEEPA, la INA, y la sección 5 de la Ley de Defensa de Derechos Humanos de Venezuela, incluyendo las autoridades determinadas en adelante en las secciones 5 (b) (1) (B), 5 (c), y 5(d) de dicha ley, como puede ser necesario para llevar a cabo la Sección 2 de esta orden y de las provisiones relevantes de la sección 5 de esa ley. El Secretario de Estado puede re delegar cualquiera de dichas funciones a otros funcionarios y agencias del Gobierno de los Estados Unidos consistente con la ley aplicable.
Sección 10. El Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, está por este medio autorizado a determinar las circunstancias en las que ya no se requiere el bloqueo de propiedades o intereses de propiedades de una persona listada en el Anexo de esta orden, y tomará las acciones necesarias para darle el efecto a dicha determinación.
Sección 11. El Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, está por este medio autorizado a presentar los reportes recurrentes y finales al Congreso en la emergencia nacional declarada en esta orden, consistente con la sección 401© de la NEA y la sección 204 (c) de la IEEPA.
Sección 12. Esta orden no tiene la intención , y no crea, ningún beneficio, substantivo o procesal, aplicable en la ley o de equidad por ninguna de las partes en contra de los Estados Unidos, sus departamentos, agencias, o entidades, oficiales, empleados, agentes, o cualquier otra persona.
Sección 13. Esta orden es efectiva desde las 12:01 a.m. horario diurno del este en el 9 de marzo de 2015.
La Casa Blanca,
Anexo
1. Antonio José Benavides Torres (Comandante de la Región Central del Sistema de Defensa Integral de las Fuerzas Armadas Nacionales, antiguo Director de Operaciones de la Guardia Nacional Bolivariana; nacido el 13 de junio de 1961).
2. Gustavo Enrique González López (Director General del Servicio Nacional de Inteligencia y Presidente del Centro de Seguridad Estratégico de Protección de la Patria; nacido el 2 de noviembre de 1960).
3. Justo José Noguera Pietri (Presidente de la Corporación Nacional de Guayana, antiguo Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana; nacido el 15 de marzo de 1961).
4. Katherine Naratirh Haringhton Padrón (Fiscal Nacional del 20 distrito del Ministerio Público; nacida el 5 de diciembre de 1971).
5. Manuel Eduardo Pérez Urdaneta ( Director de la Policía Nacional; nacido el 26 de mayo de 1962).
6. Manuel Gregorio Bernal Martínez (Jefe de la 31 Brigada Armada de Caracas, antiguo Director General del Servicio de Inteligencia Nacional; nacido el 12 de julio de 1965).
7. Miguel Alcides Vivas Landino (Inspector General de la Fuerza Armada Nacional, antiguo Comandante de la Región Central del Sistema de Defensa Integral de los Andes; nacido el 8 de julio de 1961).

Fuente: http://lagranciudad.net/

miércoles, 25 de marzo de 2015

Datanalisis "Maduro se estabiliza"

Popularidad de Maduro se mantiene dentro de los porcentajes de los últimos tres meses, que han rondado entre 22 % y 24 %, lo que revela que ha logrado estabilizarse luego de la fuerte caída de unos 30 puntos porcentuales que tuvo entre el 2013 y 2014. `”No sigue bajando. Parece haberse estabilizado”, agregó.
 
Al ser preguntado sobre las razones que habrían incidido en la estabilización de la popularidad de Maduro, Gil Yepes dijo que eso se dio gracias a la “conexión netamente utilitaria” que mantiene el gobierno con la población a través de los programas estatales conocidos como “misiones”, y el empleo público que alcanza a cerca de 2,2 millones de personas.

Sobre el impacto que podría estar generando entre los venezolanos la intensa campaña que viene desarrollando el gobierno en rechazo al decreto que emitió el presidente Barack Obama que declaró a Venezuela una amenaza extraordinaria para la seguridad nacional, el analista sostuvo que ese tipo de acciones ayudan a Maduro porque permiten la “desviación de la atención hacia temas políticos y confrontacionales”.

El estudio de Datanálisis reveló que Maduro y sus ministros son señalados entre los principales responsables de los problemas económicos que agobian a los venezolanos.

domingo, 22 de marzo de 2015

Funcionarios venezolanos, corruptos en España! Esto apenas comienza...

Pagos a venezolanos x presunta corrupción en borrador de denuncia Duro Felguera a Fiscalía Madrid...






Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero de minas en la especialidad de Energía, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, perito judicial y consultor en ingeniería forense y proyectos internacionales, en su propio nombre y derecho, también como representante de Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU desde 1996 con domicilio en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6ºB 28045 Madrid, Tel 902998352 fax 902998379 E-mail: miguel@cita.es y cita902998352@gmail.com como mejor proceda presenta esta DENUNCIA PÚBLICA PENAL por presuntos DELITOS COMPLEJOS PERSEGUIBLES DE OFICIO tipificados en el art. 445 u otros del Código Penal, por los siguientes HECHOS: 

1º El periódico EL MUNDO de 20/03/2015, con firma de Carlos Segovia y Fernando Lázaro, publicó en su portada el titular ESCÁNDALO FINANCIERO. La investigación del caso Banco Madrid. Duro Felguera pagó 50 millones a un chavista por asesorarle. Nervis Villalobos cobraba a través de la entidad intervenida, según afirma Antiblanqueo. La empresa pagó al jerarca un 5,5% de comisión por «información oral», sin exigirle textos escritos sobre el proyecto. Logró a cambio contratos por 1.500 millones en Venezuela. En el texto del artículo hay indicios de que Nervis Villalobos es, presuntamente, un intermediario de la corrupción entre Duro Felguera y funcionarios venezolanos. Según fuentes policiales, en el informe del Sepblac se critica que, pese a lo inusual de cambiar de consultor en un proyecto tan importante no haya en Banco Madrid documentación sobre qué experiencia y perfil profesional justificaba tal modificación. Además, se hizo sin cláusulas de indemnización a la empresa anterior. Pese a tanta anomalía, Villalobos movía dinero a su antojo en la filial española del grupo andorrano, donde disponía antes de la intervención de tres millones de euros en sus cuentas.


2º Debe recordarse aquí que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) acusa a España de no perseguir a las empresas que sobornan funcionarios, y aunque reconoce "recientes esfuerzos" para investigar dos presuntos casos de soborno fuera de España, manifiesta "serias preocupaciones" sobre el "extremadamente bajo nivel de cumplimiento" del Convenio Anticorrupción de la OCDE, sin una sola acusación en 15 años. La corrupción de funcionarios extranjeros por empresas españolas es muy perjudicial para quienes no la practican y deben competir contra quienes sí lo hacen, impunemente. En este sentido, nos remitimos a anteriores denuncias en www.miguelgallardo.es/445.pdf y www.miguelgallardo.es/iberdrola-445.pdf


3º La comprobación de los hechos publicados en portada de EL MUNDO de 20/03/2015 no puede ser más obvia y rápida. Entendemos que debe requerirse al representante legal de Duro Felguera, SA con domicilio en el Parque Científico Tecnológico Ada Byron, 90, CP 33203 Gijón, Asturias (España) Tel.: 985199000, toda la documentación contable de todos los pagos tan sospechosos como el descrito por EL MUNDO de 20/03/2015.


Por ser justo, pido en Madrid, a 22 de marzo de 2015, en el documento publicado con hiperenlaces en www.cita.es/durofelguera-445y
www.miguelgallardo.es/durofelguera-445.pdf

¿Obama frente a Maduro o el pollito buscando al aguila? Pronto, muy pronto...¡

 El Presidente de los EEUU, Barack Obama, estará en Cumbre de la Comunidad del Caribe (Caricom) en Jamaica y tambien en Panamá para partcipar en la Cumbre de las Américas. 

Veremos si nuestro Presidente Bolivariano asiste o envía a uno de sus emisarios, de cualquier manera, en caso de ir, lo veremos sonriente ante el Presidente del Imperio y no se atreverá a dirigirse con las bravuconadas que se pone en los discursos ante sus focas, que le aplauden y ríen por cualquier estupidez o disparate que pronuncie.

Esperemos... Tal vez logremos ver de nuevo esa sonrisa de pena, miedo o estupida ante el sueño de poder!



La Casa Blanca confirmó el pasado miércoles que el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, visitará Jamaica a partir del 8 de abril para reunirse con líderes de la Comunidad del Caribe (Caricom) y de allí se desplazará a Panamá para participar en la Cumbre de las Américas el 10 y 11 de abril.
La participación de Obama en la cumbre de Panamá ya estaba confirmada desde hace tiempo y este martes la primera ministra de Jamaica, Portia Simpson Miller, anunció la visita del mandatario estadounidense a su país.
El portavoz de la Casa Blanca, Josh Earnest, detalló en un comunicado que Obama se reunirá en Jamaica con Simpson Miller y con líderes del Caricom para abordar la cooperación con la región y, en particular, una iniciativa de seguridad energética.

La de Obama será la segunda visita de un presidente estadounidense en activo a la isla desde su independencia en 1962. La primera fue la de Ronald Reagan, que acudió a Jamaica en abril de 1982, hace 33 años.
Ya en Panamá, además de participar en la cumbre, Obama tendrá un encuentro bilateral con el presidente panameño, Juan Carlos Varela, y se reunirá también con mandatarios del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), según la Casa Blanca.

La asistencia de Obama a la Cumbre de las Américas genera mucha expectación, dado que será la primera vez que coincida con el presidente cubano, Raúl Castro, después de que ambos anunciaran en diciembre pasado un acuerdo histórico para normalizar las relaciones entre ambos países.

Tres meses después de ese anuncio, Cuba y EE.UU. prosiguen el diálogo sin definir todavía cuándo abrirán sus respectivas embajadas, aunque con el logro de haber establecido un canal de comunicación directo y continuo.

Los equipos negociadores de ambos países mantuvieron este lunes un nuevo encuentro en La Habana para pulir los detalles que llevarán a la apertura de embajadas, algo que Estados Unidos quiere que se produzca a tiempo para la Cumbre de las Américas.

También la crisis que atraviesa Venezuela será una de las prioridades de Obama en la cumbre, donde instará a sus socios latinoamericanos a promover la máxima transparencia en el proceso electoral venezolano de este año, según explicó el martes el subsecretario adjunto para América Latina del Departamento de Estado, Alex Lee, en el Congreso.

Las relaciones entre Estados Unidos y Venezuela están en uno de sus momentos más bajos, tras la aplicación de las sanciones aprobadas por el Congreso el pasado diciembre contra varios funcionarios del Gobierno de Nicolás Maduro supuestamente vinculados con violaciones de derechos humanos.

Fuente: TalCualDigital

viernes, 13 de marzo de 2015

Simulacro militar para responder a una situación de terremoto y tsunami en Puerto Rico

La práctica militar del 14 al 21 de marzo en Puerto Rico estará bajo la dirección de siete generales norteamericanos que incluirá a los comandos Norte y Sur y contará con la participación de República Dominicana y Honduras.

Según informó la corresponsal en Puerto Rico del canal Telesur, la práctica incluye interrumpir las operaciones de la isla y sacar con helicóptero de la fortaleza a un funcionario que simule ser el gobernador.

El reporte aclara que el ejercicio está anunciado como un simulacro para responder a una situación de terremoto y tsunami en la isla.

Alejandro Torres, estudioso de ejercicios militares, expresó que este tipo de acciones que conllevan este tipo de logística, también pueden servir “como una instancia de coordinación para un escenario militar que puede ser el ataque o derrocamiento de un gobierno o un conflicto armado”.

Esta práctica se realizará pocos días después del anuncio del primer mandatario estadounidense en el que considera a Venezuela como una “amenaza a su seguridad nacional”.

En ocasiones anteriores, Puerto Rico, como colonia estadounidense, ha sido utilizado para practicar intervenciones en países de la región.

Organizaciones independentistas como el Movimiento Independentista Nacional Hostosiano (MINH) aseguran que se mantendrán alerta a cualquier movimiento que pueda atentar contra la seguridad y soberanía de Venezuela.

martes, 10 de marzo de 2015

¿Qué significa que EE.UU. considere a Venezuela "una amenaza para la seguridad nacional" ?

 ANALÍSIS DE BBC MUNDO

El decreto firmado este lunes por el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, anunciando sanciones contra siete altos funcionarios de organismos de seguridad de Venezuela fue redactado en un lenguaje inusual que dejó abiertas muchas preguntas.

Según un comunicado difundido este lunes por la Casa Blaca, se declaró la "emergencia nacional” por la situación política venezolana y se indica que el país sudamericano amenaza la seguridad nacional estadounidense.

La explicación de la Casa Blanca de que se trata de un procedimiento "legal normal” ya usado con países como Irán, Siria o Birmania, entre otros, lleva a muchos a preguntarse qué paralelos puede existir entre la situación venezolana y la de gobiernos que Washington considera hostiles y hasta peligrosos para la paz mundial.


Los conceptos fueron rechazados por Caracas, que llamó a consultas al encargado de negocios en la capital estadounidense, mientras que el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, aseguró que representan la antesala de un ataque militar al país.

¿Qué significa exactamente la decisión de Obama de este lunes y qué impacto tiene sobre las relaciones entre Estados Unidos y Venezuela?

BBC Mundo responde a las principales preguntas surgidas tras el anuncio.

¿Por qué estado de emergencia?

Cuando el presidente firma una orden ejecutiva en la que declara que hay un estado de emergencia, obtiene ciertos poderes excepcionales que le permiten por ejemplo imponer sanciones o congelar ciertos bienes, explica el corresponsal de BBC Mundo en Washington, Thomas Sparrow.

El gobierno asegura que tiene entre 20 y 30 programas de sanciones que están basados en declaraciones de emergencia similares y que son presentadas con un lenguaje similar a la de Venezuela.

En años recientes, Estados Unidos ha declarado estados de emergencia en países como Ucrania, Sudán del Sur, República Centroafricana, Yemen, Libia o Somalia, países con los que Washington ha tenido o tiene malas relaciones.
El presidente venezolano respondió en cadena nacional de radio y televisión diciendo que el gobierno de EE.UU. quiere derrocarlo.

Si bien no hay previstas sanciones contra el estado venezolano, expertos consultados por BBC Mundo hablaron de que la declaración abre el camino para una posible política de sanciones, destinado no a individuos vinculados al gobierno, sino ya sí contra el estado.


¿Qué significa ser una amenaza a la seguridad nacional?

El presidente Obama argumenta que la seguridad nacional o la política exterior del país se ven amenazadas de manera "inusual y extraordinaria".

"Este gobierno ha identificado como una prioridad el hecho de estar comprometido con el apoyo a los derechos humanos y los procesos democráticos", le dijo a BBC Mundo un alto funcionario del gobierno que pidió no revelar su nombre para poder explicar los detalles del programa de sanciones.

"Estados Unidos piensa que socavar esto genera una amenaza a la seguridad nacional".

Más concretamente, una fuente del Departamento del Tesoro explicó a BBC Mundo que los sancionados son considerados una "amenaza" a la salud del sistema financiero estadounidense, y en esa misma medida se convierten en un problema para la seguridad nacional, como declara el comunicado de la Casa Blanca.

En particular, Estados Unidos considera que se protege de Venezuela al impedir que los funcionarios sancionados puedan ingresar al país o realicen ciertas transacciones.

Esta orden ejecutiva "ayudará a proteger el sistema financiero de Estados Unidos de los flujos financieros ilícitos de la corrupción pública en Venezuela", dijo otro miembro del gobierno en Washington.
Una de las personas sancionadas es la fiscal que ha acusado a varios miembros importantes de la oposición, como María Corina Machado.

Sin embargo, los funcionarios del gobierno consultados por BBC Mundo, no llegaron a explicar de qué manera esos señalamientos impactan la seguridad nacional estadounidense, más allá del argumento de "proteger el sistema financiero nacional”.
 
¿Qué argumentos tiene Washington?

Las sanciones de este lunes se refieren específicamente a la ley que el presidente Obama firmó el 18 de diciembre del año pasado, que se llama "Ley para la defensa de los derechos humanos y la sociedad civil de Venezuela de 2014".

Precisamente, los siete funcionarios sancionados están vinculados a los aparatos de seguridad del Estado a los que Washington responsabiliza de lo que considera los excesos cometidos en la represión de las manifestaciones de febrero de 2014 que dejaron al menos 43 muertos y cientos de heridos entre opositores y simpatizantes del gobierno, y de la supuesta intimidación a la oposición venezolana.

En el programa de sanciones venezolano, los aspectos que generan esa amenaza son los siguientes:
   Erosión de las garantías de derechos humanos

   Persecución de opositores políticos

   Restricciones a la libertad de prensa

  Violencia y abusos a los derechos humanos para responder a protestas antigubernamentales 

 Arrestos arbitrarios y detención de manifestantes antigubernamentales

   Corrupción pública significativa

Anteriores sanciones a funcionarios venezolanos, específicamente las prohibiciones de visas, son un proceso separado del Departamento de Estado.

¿Qué consecuencias tiene la declaración?

La declaración le permite al departamento del Tesoro identificar a las personas u organizaciones que estén involucradas en las actividades que generan esa "amenaza" a la seguridad nacional.

De ahí que sea probable que, además de los siete funcionarios sancionados este lunes, el gobierno explore nuevas sanciones en el futuro.

Washington hace énfasis en que no se trata de un programa de sanciones contra el gobierno venezolano ni contra la sociedad venezolana, sino contra funcionarios específicos.

Las sanciones congelan los bienes de los afectados en Estados Unidos, prohíben que hagan negocios con ciudadanos de Estados Unidos o viajen a territorio estadounidense.

Además, un aspecto inusual de esta declaración es que, a diferencia de anteriores sanciones contra Venezuela, los funcionarios afectados fueron identificados, según le explica a BBC Mundo Harold Trinkunas, director del programa de América Latina del centro de estudios Brookings.

¿Qué impacto tiene en la relación bilateral?

La imposición de nuevas sanciones ya está ahondando las diferencias que existen entre los dos países.
"Lo que viene ya está planificado y debemos decirlo, son ataques sobre nuestra tierra, sobre nuestro país, ataques militares", dijo Diosdado Cabello.

El anuncio de las nuevas restricciones llega poco después de que el gobierno venezolano le ordenara a Estados Unidos que redujera su personal diplomático en Caracas.

Lea también: Venezuela da 15 días a EE.UU. para reducir personal en Caracas

Según le dice a BBC Mundo David Smilde, del Washington Office on Latin America (WOLA, un centro de investigación en Washington), las sanciones también contribuirán a la teoría del gobierno venezolano de que Estados Unidos está tratando de sabotearlo.

Pero Estados Unidos también ve estas sanciones en clave regional, pues el secretario de prensa de la Casa Blanca, Josh Earnest, lamentó que en momentos en que su país está acercándose a "todos los países de las Américas, Venezuela haya decidido ir en dirección opuesta".

¿Cómo afecta al intercambio comercial, particularmente el petrolero?

Washington asegura que las sanciones son contra funcionarios específicos y no contra una industria o sector de Venezuela.

    No hay impactos adicionales ni sanciones adicionales contra ninguna industria, individuo o entidad que no esté específicamente nombrada en la orden ejecutiva.
   
En 2013 Venezuela destinó el 51% de sus exportaciones al mercado EE.UU., particularmente en petróleo (alrededor de 800.000 barriles por día en febrero pasado, un aumento del 8% respecto al mes de enero, según datos de la agencia Reuters).

"No hay impactos adicionales ni sanciones adicionales contra ninguna industria, individuo o entidad que no esté específicamente nombrada en la orden ejecutiva", dijo un miembro del gobierno en Washington.

La orden ejecutiva firmada por Obama no se refiere al sector petrolero y se enfoca en las prohibiciones contra los funcionarios venezolanos sancionados, que trabajan o trabajaron principalmente en el sector de la seguridad.


La reacción en Venezuela

Las sanciones se convirtieron en el tema más importante del día en Venezuela, explica el corresponsal de BBC Mundo en Caracas, Daniel Pardo.

Los opositores especulan si esto puede tener un efecto para que haya un cambio de gobierno.

Mientras tanto, algunos oficialistas –entre ellos el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello– se preguntan si es la antesala de una invasión de EEUU a Venezuela.

"Pero la pregunta de todos es si, por mucho que sean sanciones dirigidas a funcionarios concretos, esto va a afectar a la gente, que ya se enfrenta a varios problemas por la crisis económica", dice Pardo.

Unos analistas dicen que en un mediano plazo las sanciones del mayor socio comercial de Venezuela van a afectar la economía del país latinoamericano, al reducir importaciones y poner en riesgo negocios, particularmente los petroleros.

Pero otros creen que dan al gobierno un enemigo externo al que achacarle responsabilidad en los problemas del país. Algo que el presidente Nicolás Maduro puede usar para fortalecerse y unificar al oficialismo en la campaña para las elecciones parlamentarias que deberán realizarse a finales de este año.

domingo, 8 de marzo de 2015

“En Venezuela se vive una práctica política inadecuada”



15 años del Partido Primero Justicia
 “En Venezuela se vive una práctica política inadecuada”
Juan Pablo Guanipa, Dirigente político y comunitario

Edad: 50 años
Lugar de nacimiento: Maracaibo
Formación: Abogado y Periodista,
Magister en Gerencia Pública,
Master en Estudios Políticos Aplicados,
Docente universitario,
Coordinador de Primero Justicia en el Zulia
Presidente de la Fundación Maracaibo Posible.
Por Domingo Rivas.



Juan Pablo Guanipa, Abogado y Periodista


Juan Pablo Guanipa, destacado abogado y periodista marabino, muestra su visión de la política aplicada en Venezuela durante los últimos años.

¿Cuáles son los principios de la política?
 La política según Pío XI es la forma más excelsa de la caridad, del amor a los demás, después de la religión, un concepto sublime que en la práctica se encuentra con realidades que hacen ver que la política está llena de situaciones positivas y también situaciones negativas que tienen que ver con el poder.

¿Buscar el poder, porque y para qué?
Algunos, utilizan la política como instrumento para la transformación social a través del desarrollo de un programa político y otros buscan el poder por el poder mismo, para estar en el poder y amasar fortunas sin interés en consolidar un desarrollo sustentable de una región. El poder es un medio, no es un fin.

¿En la política venezolana, existe la ética?
Sin lugar a dudas la política debe estar subordinada a la ética, en función del bien común, de la transformación social, asumir que la sociedad civil puede mejorar con la actuación política, aunque se presentan serias dificultades para llegar al pluralismo, porque todos los poderes son controlados por el ejecutivo, no existe un consenso para sentarse y discutir, la práctica política es pésima en Venezuela por la falta de valores y llena de banalizaciones.

¿Qué valores deben prevalecer en una práctica política?
Pluralismo, respeto, aceptación, tolerancia, discusión en un marco institucional, independencia de poderes, equilibrio y una democracia participativa y protagónica donde todos podamos desempeñarnos para sacar al país de la crisis que nos absorbe, consolidar una formación ciudadana para beneficio de todos.

Guanipa entrevistado por Domingo Rivas


¿La actitud del gobierno de turno en este clima político, es la más adecuada?
Indudablemente que no, la política gubernamental es inadecuada desde cualquier punto de vista, buscar la confrontación, manipular la información, tratar de ocultar la realidad existente, no benefician a nadie. En Venezuela existe una necesidad de cambio, donde todos tengamos cabida, seamos tomados en cuenta. La asamblea nacional debe legislar en favor del pueblo y controlar al poder ejecutivo en un clima de respeto y armonía.

¿Medios gubernamentales evaden la crisis o realmente no existe?
Claro que hay crisis, se observa a diario en los medios de comunicación, en las calles, el descontento en las colas de los supermercados. Existe una grave crisis política, económica y social sin  ánimo de rectificar mientras se mantenga la hegemonía del PSUV. Tenemos, desatención oficial, falta de calidad de vida, inseguridad, servicios públicos ineficientes, problemas de transporte, desabastecimiento, una calamidad.



En dialogo con las comunidades

¿Se puede lograr un cambio en Venezuela?
El cambio se puede lograr de manera democrática, pacífica y constitucional. No estoy de acuerdo con atajos, como abogado reconozco que nuestra constitución tiene una salida para cada situación, siempre y cuando,  sea aplicada sin interpretaciones erradas ni manipuladas a conveniencia del poder ejecutivo que prevalece por encima del Tribunal Supremo de Justicia, cuando los poderes vuelvan a ser independientes retomaremos el camino correcto para el bien de nuestro país.








domingo, 1 de marzo de 2015

FARC vs Gobierno ¿Dialogo de paz o guerra?, ¿Creer o no?




FARC vs Gobierno ¿Dialogo de paz o guerra?, ¿Creer o no?


En Colombia han surgido en los últimas 5 décadas unos grupos subversivos que se han enfrentado a gobiernos democráticos y constitucionales con mayor fuerza en el año 2002 cuando Álvaro Uribe Vélez decide enfrentarlos radicalmente y utiliza la fuerza militar para recuperar territorio.

Secuestros de personalidades políticas y militares, drogas, extorsiones a productores agropecuarios, robos, atentados a sedes gubernamentales y sistemas de electrificación, son algunos puntos de la barbarie que afecta al propio pueblo colombiano.

El fallecido presidente Hugo Chávez en su mensaje anual de 2008 en la Asamblea Nacional elogió a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y al Ejército de Liberación Nacional (ELN) y dijo:

Las FARC y el ELN no son terroristas, son verdaderos Ejércitos y hay que darles reconocimiento“, “Son fuerzas insurgentes que tienen un proyecto político y bolivariano que aquí es respetado”

Esta afirmación le permitió desenmascarar lo que sería su proyecto revolucionario, denominado: “Socialismo del siglo XXI” y ocasionó el repudio de varios Estados que consideran a este grupo subversivo como “Terroristas”, por ejemplo, Colombia, Chile, Perú, Estados Unidos, Canadá y Nueva Zelanda, así como también Ecuador sufriera una intromisión en su territorio de las FARC que ocasionó una protesta diplomática pero no pasó de allí por su alianza comercial con Venezuela.

Es de hacer notar que el conocido Movimiento guerrillero M19, abandonó la lucha armada durante el año 1990 se convirtieron en grupo político denominado “Alianza Democrática M-19 durante el proceso de paz desarrollado por  el Presidente Virgilio Barco Vargas, presidente constitucional 1986-1990.


En los últimos meses se ha tratado de establecer un acuerdo de paz que comenzó el 26 de agosto de 2012. Este proceso fue diseñado en el “Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

Este dialogo fue trasladado a La Habana, Cuba pero hasta el momento no se ha llegado a acuerdos que puedan ser considerados pacíficos, tal cual, es su origen.

Desde el pasado mes de diciembre de 2014, se ha notado un cese al fuego de las FARC, situación que se observa con mucho recelo, a la espera de una arremetida en contra de puntos estratégicos o tal vez una posible solución al conflicto armado que mantiene en zozobra a algunas regiones de la hermana República de Colombia.

Contradicciones van y contradicciones vienen, de repente observamos actuaciones del Presidente Juan Manuel Santos enfrentando a las FARC y por otro confía en una solución pacífica.

Hace algunas horas Juan Manuel Santos manifestó: "Nunca habíamos visto a las FARC tan comprometidas con el proceso", en su primer día de la visita oficial de tres días del a Madrid, España. Sin embargo, advirtió que no puede garantizar que vaya a haber un acuerdo, aunque todas las señales apuntan en esa dirección.

Las conversaciones, entre el gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), iniciadas en 2012 en La Habana, Cuba, intentan poner fin a un conflicto armado que se extiende desde 1964 y que ha provocado más de 200.000 muertos y mas de cinco millones de desplazados.

Esperamos se mantenga este momento de paz por mucho tiempo, aunque las dudas persistirán, en quienes no confían en el llamado Ejército Popular. Dios quiera que Colombia pueda vivir en paz y en democracia sin estos factores violentos apoyados por otros países como el nuestro.

Un revés más para el gobierno revolucionario de Venezuela, al observar la mejoría e implantación de relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Cuba, además de la posible paz en el país neogranadino entre el Gobierno de Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.


                                                              Por: Domingo Rivas
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